lunes, 23 de julio de 2007

Resolución de Refuncionalización del Ce.Ca.M.A.R.Co.

VISTO el proyecto presentado por los consejeros del Estamento de Graduados referido a la refuncionalización del “Centro de Capacitación en Medios Alternativos de Resolución de Conflictos” (Ce.Ca.M.A.R.Co.) y la Resolución Nº 331-96-CD, de fecha 03/06/96 por la que se crea el Centro; y,
CONSIDERANDO:
QUE
desde su creación hasta la fecha, el Centro ha transitado un camino de desarrollo que lo ubica hoy en un rol relevante en lo que refiere a la formación de recursos humanos en la materia, ampliándose progresivamente en otros programas de docencia, investigación, extensión y práctica profesional, así como el desarrollo creciente de la realización de mediaciones en el ámbito de la Universidad Nacional del Litoral;
QUE se han cumplido los objetivos, oportunamente establecidos a partir de su creación, por lo que resulta necesario adaptarlos a la actual realidad, la amplia y compleja tarea profesional que cumple el mediador en todos los ámbitos de la sociedad en general y como modificadores de conductas y paradigmas de la justicia en particular;
QUE se reconoce como imperiosa la necesidad de la formación, a los fines de tomar conciencia de que, si el efecto buscado por la Mediación es crear una nueva cultura para disminuir el grado de litigiosidad imperante en nuestra sociedad, debemos enseñar cual es el camino y fortalecer la capacitación;
QUE se están formalizando convenios con todas aquellas instituciones locales, nacionales e internacionales que trabajan en actividades afines o complementarias a la Mediación lo que exige un ámbito acorde para la institucionalización de tales acuerdos y su conveniente implementación;
QUE la Mediación es una temática que transversaliza la formación profesional de los abogados en particular, pero también a todas las personas en general al dotarlas de herramientas alternativas de negociación;
QUE resulta conveniente otorgar mayor independencia al mencionada Centro y al mismo tiempo dotarlo de una estructura administrativa acorde, que le permita cumplir sus objetivos con mayor eficiencia y celeridad, así como el desarrollo autónomo de esta nueva incumbencia profesional que amerita el cumplimiento de todos los ámbitos y áreas universitarias.

POR ELLO;
EL H. CONSEJO DIRECTIVO
RESUELVE:

ARTICULO 1º: modificar el Artículo 2º de la Resolución nº 331-96-CD, el que quedará redactado de la siguiente forma:

“El Ce.Ca.M.A.R.Co. dependerá del Decano de la Facultad, quien establecerá los vínculos necesarios con cada Secretaría en función del cumplimiento de sus objetivos, brindándose el apoyo administrativo necesario para el cumplimiento de sus fines”

ARTICULO 2º: Modificar el Artículo 3º de la Resolución nº 331-96-CD, el que quedará redactado de la siguiente forma:

El Ce.Ca.M.A.R.Co. estará a cargo de un Comité Organizador, cuya integración y funcionamiento será reglamentado y elevado a conocimiento del H. Consejo Directivo.”

ARTICULO 3º: Regístrese, resérvese el original, déjese constancia de lo dispuesto en esta resolución en su similar n1º 331-96-CD., tomen nota las distintas Secretarías de la Casa y Oficialía Mayor. Por Mesa de Entradas fórmese expediente y cumplido, archívese.
SALA DE SESIONES: 25 de Abriel de 2007.
RESOLUCION Nº: 226-07-C.D.


FDO: Dr. Albor A. Cantard. Decano
Graciela R. A. Steffani de Viviani. Secretaria Administrativa
Lic. Julio C. Telado. Secretario General y Financiero.

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